La justicia investiga si Hugo Santarelli fue retenido contra su voluntad en la casa de una mujer, que a la vez le hizo firmar un poder para cobrar la jubilación y puso la propiedad en alquiler.
Los vecinos del hombre que llevaba varios días desaparecidos, advirtieron a los familiares de Hugo Santarelli, que posiblemente la casa de su pariente estaba siendo usurpada. Eso llamó la atención a sus primos, quienes después de investigaciones dieron con su pariente, al que encontraron en muy malas condiciones viviendo en la casa de una mujer que no conocían.
Desde que comenzó la pandemia, los familiares no pudieron venir más a Carlos Paz a visitarlo, pero tras el llamado de los vecinos, se comunicaron con el abogado Damián Palavecino, para asesorarse sobre la situación.
El profesional, que ahora representa a los primos de Santarelli, contó que “comenzaron a averiguar qué pasaba y se encontraron con que su primo hermano ya no vivía más allí y la casa había sido alquilada por una tal Ramona, que figuraba como la dueña”.
Tras las investigaciones que hicieron, descubrieron que esta mujer “se lo había llevado a su casa y además se había hecho un poder para cobrar la jubilación”.
El letrado aclaró que no los une un vínculo amoroso, por el contrario, la mujer viviría con otro hombre.
“Estuvo viviendo en una habitación de Ramona”, dijo el abogado, quien les recomendó a sus familiares que viajaran a Carlos Paz para hablar con su primo Santarelli.
“La mujer no los dejaba ingresar, pero lograron hablar con su primo y se quería ir, pero tenía miedo. Se lo llevaron al médico porque estaba en malas condiciones y lo llevaron a un lugar para que lo cuiden”, comentó.
Y señaló que “nunca estuvo desaparecido”, sino que fue rescatado por sus familiares de esta mujer que procedió de esta manera, ya que él “estaba encerrado”, con signos de abandono.
El caso demuestra para el abogado, la facilidad con la que alguien puede aprovecharse de personas vulnerables y que están solos en la ciudad.
Se va a investigar para determinar si se dio aprovechamiento, y privación ilegitima de la libertad, y como consecuencia delito, que según señaló Palavecino, la caratula puede ser “circunvención de incapaz”.
Vale destacar que el artículo 174 del Código Penal de la Nación, indica que “sufrirá prisión de dos a seis años: el que abusare de las necesidades, pasiones o inexperiencia de un menor o de un incapaz, declarado o no declarado tal, para hacerle firmar un documento que importe cualquier efecto jurídico, en daño de él o de otro, aunque el acto sea civilmente nulo”.
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