Un proyecto de ley ideado por la legisladora Liliana Montero pretende garantizar el acceso a alimentos y bebidas saludables en cantinas, kioscos, bares y restaurantes de toda la provincia de Córdoba, con el objetivo de contrarrestar enfermedades como obesidad e hipertensión arterial.
La potencial ley apunta a crear hábitos sanos y, así, contrarrestar las enfermedades no transmisibles. Sólo en Córdoba, según estimaciones provinciales, entre el 25 y 30 por ciento de los niños tienen sobrepeso.
Entre las características que resaltan del proyecto, denominado “Ley de accesibilidad a una alimentación saludable”, se obliga a cantinas, kioscos, bares y restaurantes a asegurar el acceso gratuito a agua apta para consumo humano.
A la vez, dispone para todas las instituciones educativas de la provincia la obligación a instalar exclusivamente cantinas y kioscos saludables, según los criterios ya definidos en el Programa (provincial) de Educación Alimentaria y Nutricional en la Escuela. Es decir, con la iniciativa dejan de ser una opción para convertirse en una obligación. Además, el proyecto prohíbe instalar en los colegios máquinas expendedoras de alimentos o bebidas a excepción de agua o frutas.
En tanto, se prohíbe en cantinas, kioscos, bares y restaurantes la exhibición de saleros, cualquiera sea su presentación. Al mismo tiempo, estos establecimientos deberán asegurar la provisión de sal baja en sodio al cliente que lo demande.
La iniciativa establece que todos los locales habilitados para el consumo de bebidas alcohólicas deban incluir, en su carta, bebidas sin alcohol, bebidas azúcar cero y bebidas libres de TACC (con costo), además del agua gratis mencionada. En tanto, aquellas bebidas de las que existan alternativas sin alcohol, como la cerveza o la coctelería, deberán ser incluidas entre las opciones de la carta, oferta o menú.
Además, los negocios gastronómicos que cuenten con una carta o menú de más de 10 opciones de platos deberán garantizar al menos uno apto para celíacos, uno de bajas calorías, uno vegetariano y uno de media porción para niños y/o adultos. El precio de estas opciones especiales no podrán superar el 10 por ciento del fijado para el resto de las opciones de características similares.