El concejal de Carlos Paz Despierta, Daniel Ribetti, presentó un pedido de informes al Ejecutivo para conocer los detalles y autorizaciones que llevaron al municipio a trasladar y remover áridos en la desembocadura del río San Antonio en el lago San Roque.
En los fundamentos del proyecto, se plantea que a Ley Provincial 10.115 por la que se creó la Policía Ambiental establece en su artículo 3º la posibilidad de ” labrar y sustanciar los sumarios y procesos administrativos pertinentes ante la detección de incumplimientos a la normativa vigente que sean de su competencia, actividad no declarada o cualquier otra actividad que cause daño al ambiente o que se realice sin contar con la debida autorización de la autoridad de aplicación”.
Además, se detalla que la ley 10.115 impone obligaciones de remediación cuando se afecten los recursos naturales de la provincia mientras que la Carta Orgánica plantea: “El Municipio protege al ambiente contra cualquier forma de depredación, destrucción o contaminación. La prevención del daño ambiental y la recomposición del ambiente dañado por las actividades humanas es deber indelegable de aquél. Ejerce con carácter pleno e irrenunciable las acciones relativas a la protección ambiental.”
Las dudas
En cuanto al movimiento de áridos, el edil remarcó: “Según hemos relevado fruto de una conversación con los trabajadores de la empresa Conte 7, quienes están realizando la extracción, la tarea cuenta con el expreso permiso del Ing. Germán Rivero”.
Y sigue: “Los operarios han realizado tareas de relleno para la construcción de una rampa de acceso al lecho, para lo cual utilizaron desechos de obra, escombros, residuos plásticos, telgopor y papel de bolsas de cemento, con lo cual agregaron más basura a la costa”.
Además, explicó que el “jueves 17 de noviembre a las 10:13 pude constatar que seguían las tareas de remoción de áridos y realicé una nueva ampliación a la denuncia Número D-00028416. Que habría ocurrido un “daño ecológico – ambiental” que habría sido ignorado por las autoridades municipales en la costa del lago a raíz del permiso otorgado por el Ing. Rivero, el cual debe ser remediado. Que producto de la realización de las tareas de extracción, las máquinas pesadas y los camiones que las realizan, han roto la vereda municipal, dejándola en un pésimo estado, convertidas en un desafió para el tránsito de personas con movilidad reducida”.
En tanto, en el articulado se planteó:
Artículo 1°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, en un plazo de 7 días, remita copia del acto administrativo con las autoridades provinciales donde se delega a la municipalidad de Villa Carlos Paz la autorización para la gestión de áridos de las costas del río San Antonio.
Artículo 2°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, en un plazo de 7 días, copia del contrato con la empresa CONTE 7 que realiza la explotación de los áridos en la costa del río, donde se establecen los criterios económicos para la explotación del recurso en cuestión.
Artículo 3°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, en un plazo de 7 días, si ha realizado tareas administrativas de sanción a la empresa que rompió la vereda pública con el tránsito de sus vehículos o de intimación para su reparación.