Este fin de semana, un turista de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, fue escrachado pintando una piedra cerca de la ciudad de Mina Clavero, Traslasiera.

Fue un hombre de la zona quien dio aviso a la Policía de Córdoba sobre lo que acababa de ver en la ruta provincia E34 en el kilómetro 21 del Camino de las Altas Cumbres.

Minutos después, el turista de 50 años fue interceptado en un control policial y reconoció que había pintado el cordón montañoso. Pero la excusa causó indignación: dijo que “desconocía que no se podía pintar y que no observó carteles que impidiera su accionar”.

Qué dice la norma

En el artículo 72 del Código de Convivencia de la Provincia de Córdoba (Ley N° 10.326), que habla sobre la protección de obras de arte y monumentos históricos, establece que “serán sancionados con hasta 10 días de trabajo comunitario, multa de hasta 20 Unidades de Multa (UM) o arresto de hasta tres días”.

Esto alcanza a quienes “de cualquier modo alteraren la forma, color u otro atributo de un inmueble, construcción, obra de arte o monumento de características históricas, científicas o artísticas, sujeto a la confianza pública, sin estar debidamente autorizado para ello, y no se tratare de una conducta prevista como delito en el Código Penal”.

Fuente: Eldoce.tv.