Por Fernando Agüero. El foco del mundo está puesto en lo que pueda salir de la Inteligencia Artificial. Desde hace décadas, científicos, filósofos, sociólogos y todo el arco intelectual habla sobre el peligro que representa la IA para la humanidad.
El cine tiene, también desde hace tiempo, expresiones artísticas con interpretaciones de lo que este fenómeno de la ciencia y la tecnología impulsaría.
Acaso las guerras montadas desde un sala de operaciones desde la que se envían drones con especificaciones precisas sobre donde impactar para matar ya no son ciencia ficción.
El avance de las redes sociales en nuestras formas de ser, parecer y aparecer ha marcado nuestras vidas en las últimas décadas.
La Primavera Árabe fue el primer aviso de que todo había cambiado cuando millones se levantaron para decir adiós a gobiernos dictatoriales para darle paso a sistemas tan o más opresivos quizás.
La llegada de Donald Trump al poder como autoridad máxima del país más poderoso del mundo estuvo teñida por lo que fue una manipulación externa de redes sociales y el impacto de las denominadas fake news para imponer debates sobre temas falsos.
El ascenso sin precedentes y en tiempo récord de un líder exógeno como Javier Milei que lo catapultó a la Presidencia argentina también es un dato para revisar en el imperio de los mensajes cortos de redes como Tik Tok e Instagram.
Todo está regido bajo reglas tan viejas como la política, pero con el ritmo vertiginoso de la época.
En Carlos Paz, la política también se maneja con los nuevos mecanismos. De un tiempo a esta parte, las campañas electorales se apoyan más en imágenes de los candidatos en sus plataformas que en actos o mítines como los que se veían hasta hace no tantos años.
La discusión pasó la calle, la plaza y el cara a cara, a expresarse en la comodidad de un sillón ante un teclado de computadora.
Vigilar y controlar
En el pensamiento de quien detenta el poder parece sobrevolar simpre la posibilidad de estar en todos los detalles y en el control de lo que se dice, se hace o se menciona en los círculos de información del campo de dominio.
Hasta hace algunos años eran los medios de comunicación tradicionales los que detentaban ese poder de decir, informar, opinar desde un púlpito. Esa lógica cambió de manera abrupta y hoy nadie parece tener el control de nada.
En Argentina, hay al menos dos ejemplos para observar que los políticos también quedaron fuera de foco y los jueces que les siguen la corriente, también.
El caso de los twitteros presos en Jujuy por expresarse sobre asuntos de la vida privada del exgobernador Gerardo Morales, fue altamente resonante en los medios nacionales una vez que se hizo público.
Una situación similar se vivió en Formosa donde un joven de 26 años fue detenido luego de “levantarle el dedo” al gobernador Gildo Insfrán en un cruce de semáforos.
Y si bien en este caso no intervinieron las redes, al liberarlo dos días después, al joven se le prohibió hablar ante los medios de prensa o en redes sociales sobre lo sucedido.
La discusión sobre el nuevo Código de Convivencia que se aprobó para que rija el comportamiento de los vecinos y visitantes en la ciudad generó una polémica que quizás no fue muy reproducida por los medios.
El principal planteo tiene que ver con dos artículos en particular:
Artículo 111°: Las acciones, ya sea en forma presencial o por medios digitales u omisiones que de cualquier modo afecten, quebranten o pongan en riesgo la convivencia ciudadana saludable, el respeto, la tranquilidad, la seguridad, las creencias, o lesionen la dignidad humana, su desarrollo y hábitat, o que resulten inmorales o atentatorios a las buenas costumbres o la moral pública no prevista en el presente, será sancionado con multa de 3 a 20 U.V. y/o clausura y/o inhabilitación.
En este sentido, los objetores de este punto plantearon sus dudas sobre los parámetros que se deben tener en cuenta para que se disponga una multa por el mal uso de las redes sociales.
En tanto, el artículo 112°: El hostigamiento verbal o físico, el maltrato o intimidación, ya sea en forma presencial o por medios digitales, que afectaren la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las personas, por motivo de su condición de género, identidad u orientación sexual, etnia, edad, religión, nacionalidad, condición psicofísica, social o económica o padecer una enfermedad infecto contagiosa, ejecutados en espacios públicos o espacios privados con acceso público, o privados que trasciendan al espacio público, será sancionado con multa de 3 a 10 U.V. y capacitación sobre discriminación y/o inhabilitación. La multa a aplicar se elevará al doble cuando la víctima sea mujer, menor de edad, adulto mayor, o con discapacidad, o cuando sea realizado por dos o más personas, o se realice mediante la propagación de imágenes, grabaciones y/o mensajes no consentidas.
En concreto, no hay muchas explicaciones sobre el método y los parámetros que se utilizarán para observar, detectar y multar este tipo de acciones.
Y determinar, también, si este avance sobre la responsabilidad de las opiniones vertidas en redes sociales no es materia de interpretación de la Justicia más que de jueces de faltas locales.