La nueva reglamentación para que las fuerzas de seguridad puedan utilizar armas letales avala a los policías a disparar a sospechosos de delitos aún cuando posean réplicas de armas, huyan tras cometer un delito o cuando se presuma una alta probabilidad de que puedan provocar graves daños a personas sin estar armados.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, aseguró este lunes que el nuevo reglamento “va a generar confianza en la defensa de la sociedad” y cambia la antigua doctrina de que los policías “tenían que esperar que el delincuente tire primero” para poder repeler una agresión.
El nuevo reglamento había sido firmado por Bullrich el jueves de la semana pasada, pero entró en vigencia este lunes mediante su publicación en el Boletín Oficial,
cinco días antes de que se cumpla.
“En defensa propia”
La resolución 956/2018 dispone que el uso de armas letales es válido por parte de las fuerzas federales de seguridad en “defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves” o “para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas”.
También “para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga
resistencia a la autoridad” o “para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención”.
La normativa considera “peligro inminente” cuando “se actúe bajo amenaza de muerte o de
lesiones graves para sí, o para terceras personas”, o en caso de que “el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal”.