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Eximieron de impuestos a los comercios cerrados durante el aislamiento y hay una moratoria especial

El Concejo de Representantes dispuso el pasado jueves en la sesión especial para tratar todos los temas relacionados con las disposiciones con respecto a la pandemia de Covid19.

Uno de los temas que fue aprobado por unanimidad, con excepción de algunos puntos en particular, fue la adecuación impositiva que dispuso el Concejo mientras dure la situación de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

En el artículo 15 de la medida dispuesta, se prevé la suspensión de los pagos mínimos sobre las contribuciones que inciden en la actividad comercial, industrial y de servicios, para los períodos 4 y 5, es decir Abril y Mayo.

La misma ordenanza incluye además una prórroga de los planes de pagos vigentes vigentes durante sesenta (60) días, con lo cual el próximo vencimiento ocurrirá el día 16 de junio de 2020.

Pero además se incluyó otro beneficio que es el de una moratoria especial o plan de pagos para quienes tengan una deuda vigente al 31 de marzo.

Los Contribuyentes y Responsables podrán acogerse a los beneficios de este plan especial que abarca a: la contribución que incide sobre los Inmuebles, Tasa Municipal por Servicios a la Propiedad, sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, la contribución que incide sobre los Espectáculos y Diversiones Públicas, sobre la Ocupación y Comercio en la Vía Pública, sobre la Publicidad y Propaganda, Contribuciones con Afectación Específica, contribución por Mejoras, sobre los Vehículos Automotores y Acoplados, Contribución sobre Cementerio, Servicios Relativos a la Construcción de Obras Privadas y Rentas Diversas.

El plan especial de pago es el siguiente:

 Forma de Pago Quita de Intereses
  Contado          100%
  50% contado y saldo en 3 cuotas            90%
  3 cuotas            80%
  6 cuotas            60%
12 cuotas            20%
18 cuotas              0%

 

Concejo le dio superpoderes al ejecutivo para el uso de los fondos de afectación específica