Según se expresa en el DNU anunciado por Javier Milei, “la cédula, licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles”.
Asimismo, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial, aclararon que el DNU no afecta a la Ley Nacional de Tránsito.
Esta ley regula los documentos que son obligatorios para circular por el país. Por lo que no se verían afectados los requisitos para conductores.
Tanto frente a un control de tránsito como para circular por las calles es necesario y obligatorio tener la Licencia nacional de conducir, Cédula verde o azul, Comprobante de seguro en vigencia, Comprobante de impuesto a la radicación de un vehículo (patente) y Constancia de VTV o RTO según corresponda.