Un juez federal de Córdoba ratificó el sobreseimiento y declaró prescripta la acción penal contra los responsables de la denominada Clínica del Cannabis, en la que se producían medicamentos con el cannabis como materia prima. La causa penal se había iniciado en agosto de 2017.
El fallo fue dictado por el juez federal Ricardo Bustos Fierro, quien ya había sobreseído a los imputados en agosto de 2020, medida que fue apelada por la Fiscalía.
Como respuesta a la apelación, Bustos Fierro resolvió modificar la carátula inicial, “comercialización de estupefacientes y confabulación” por una figura más benigna, “producción o fabricación de sustancias medicinales en establecimientos no autorizados”, delito que tiene una pena máxima de cuatro años.
En consecuencia, el magistrado declaró “extinguida la acción penal por prescripción”, en favor de los imputados Carlos Fernando Laje Vallejo, Héctor Walter Mariño y Paola Jordana Toranzo Gil.
El abogado José Miguel D’Antona, quien representa a los imputados, explicó a Página/12 que, al ser declarada extinta la acción penal, el sobreseimiento alcanza también a otras cinco personas que habían sido imputadas en la misma causa.
Ahora resta saber si el nuevo sobreseimiento será apelado por el fiscal federal Carlos Casas Nóblega, quien había logrado que la Sala B de la Cámara Federal de la provincia revocara el fallo anterior de Bustos Fierro, aunque sólo tuvo en cuenta algunos de los argumentos expuestos por la Fiscalía.
El sobreseimiento
El único delito que Bustos Fierro tomó ahora en consideración es la falta de autorización, por parte del Ministerio de Salud y Acción Social de la provincia, para la fabricación de medicamentos a base de cannabis, una terapia habilitada por la ley nacional vigente.
El juez señaló que desde septiembre de 2017, fecha de su procesamiento, los imputados no han incurrido en ningún ilícito y deben ser sobreseídos porque ya “ha transcurrido el máximo de la pena prevista (4 años) para el delito de Producción o fabricación de sustancias medicinales en establecimientos no autorizados”.
Los hechos
En agosto de 2017, con Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad nacional, se había producido la detención del oftalmólogo Carlos Fernando Laje, en un “megaoperativo, con intervención de la Fuerza Policial Antinarcotráfico de la provincia”. Medios nacionales y provinciales dijeron que el procedimiento fue contra “La Clínica de la Marihuana”, sin tomar en cuenta que en marzo de ese año se había aprobado la Ley 27.350 de “Uso Medicinal de la Planta de Cannabis”.
El sobreseimiento dictado por Bustos Fierro el año pasado fue el primero en avalar, desde la Justicia, la ley en favor de la medicina a base del cannabis. En ese momento, el magistrado basó la sentencia en una medida anunciada por el Ministerio de Salud de la Naciòn, en cuanto a permitir el autocultivo del cannabis con fines terapéuticos.
Además de los tres responsables de la clínica que volvieron a ser sobreseídos por Bustos Fierro, en la causa también habían sido imputados Fernando Moyano, María Culaciati, Toribio Aragón, Fernando Moroni y Jorge Asís. De quedar firme la prescripción de la acción penal, todos gozarán del sobreseimiento.
A todos se les dictó la prisión preventiva y recién pudieron recuperar su libertad en abril de 2018. Para lograrlo, tuvieron que afrontar fianzas de entre 400 mil y un millón de pesos. Eso fue posible porque en febrero de ese año, la Cámara de Acusación cordobesa hizo lugar al pedido de la defensa y la causa recién allí pasó al fuero de la Justicia Federal, que concedió las excarcelaciones bajo fianza.
A más de cuatro años de iniciado el proceso, en la Justicia cordobesa sigue pendiente de resolución definitiva un caso que debería ser cerrado en forma definitiva por aplicación de la Ley 27.350, sancionada por el Congreso Nacional el 29 de marzo de 2017.
Fuente: Página 12.