El hecho ocurrió en Córdoba cuando el agresor tenía 13 años y las víctimas, 3 y 6. Sus padres deberán pagarles $ 65 millones a ellas y a su mamá por las secuelas que sufrieron y el daño moral.
Según informa Clarín, el abuso sexual, cuyos detalles no trascendieron, ocurrió en septiembre de 2020. Y ahora, la Justicia condenó a los padres del chico a indemnizar en una cifra millonaria a sus víctimas y a la madre de ellas por considerarlos civilmente responsables.
El fallo lo dictó el juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Familia de Tercera Nominación de la localidad cordobesa de San Francisco, Carlos Viramonte.
En este contexto, se determinó que el agresor es inimputable penalmente por su edad, pero sí lo es de manera civil porque al momento en que ocurrió el abuso tenía 13 años, y la ley civil establece la imputabilidad a partir de los 10 años de edad al tiempo que destacó que la conducta del adolescente fue “ilícita y dolosa” con la intención de menoscabar la integridad sexual de las víctimas.
De esta manera, se decidió que se les repare el daño moral y los padres deberán abonar $ 3,75 millones a una de las niñas y $ 2,1 millones a la otra, además de $ 2,9 millones a la madre, lo que con los intereses lleva a un total de más de $ 65 millones.
En su fallo, que tuvo un enfoque basado en los derechos de la niñez y con perspectiva de género, Viramonte remarcó que el abuso sexual sufrido por las nenas les provocó “menoscabo en su integridad espiritual, que no solo se traduce en el sufrimiento, la vergüenza, el miedo y las aflicciones, sino que también se advierte el menoscabo en las condiciones de existencia de las niñas”.
El impacto emocional y cognitivo fue demostrado por pericias psicológicas y médicas, además de testimonios y los informes escolares.
El juez también detalló que la madre de las nenas puede reclamar por derecho propio una indemnización del daño moral.
“Antes del hecho, las niñas tenían una vida normal, y el hecho realmente ha cambiado perjudicialmente su vida. A ello se suma el haber tenido que transitar por dos procesos judiciales, pericias psicológicas y médicas, y declaraciones prestadas en Cámara Gesell ante personas desconocidas que realizaban un escrutinio profesional del hecho”, señaló Viramonte.
“El hecho produjo en las niñas deficiencias psíquicas, mentales, intelectuales y sensoriales a largo plazo, de gran intensidad, que impiden y/o dificultan su participación plena y efectiva en la sociedad, su integración familiar, social, educacional, en igualdad de condiciones con las demás personas, frustrando definitivamente el proyecto de vida para el desarrollo de su personalidad integral”, expresó el juez.
Fuente: Clarín