Luego de que la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, anunciara el fin del aislamiento para contactos estrechos vacunados y asintómaticos, el Gobierno de Córdoba confirmó solo será para trabajadores de diferentes actividades industriales, comerciales y de servicio, no para actividades sociales.
Esta flexibilización aplica en los siguientes casos: deben tener esquema de vacunación completo (dos o tres dosis) con un intérvalo de 14 días de la última aplicación y no presentar síntomas. Además, deben presentar dos test negativos: uno al momento de identificación del contacto y otro al cuarto día del contacto con el caso positivo.
A quiénes alcanza
- ersonal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provincial y municipal, así como trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal, convocados para garantizar actividades estratégicas requeridas por las respectivas autoridades.
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personal diplomático y consular acreditado ante el gobierno argentino.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal afectado a obra pública.
- Supermercados mayoristas, minoristas y comercios minoristas de productos esenciales. (farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas, provisión de equipamiento tecnológico, repuestos para vehículos, máquinas y herramientas).
- Industrias manufactureras y su cadena productiva, servicios logísticos y de distribución.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.), atención de emergencias y expendio de combustibles.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, combustibles y GLP.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Servicios de lavandería y de reparación de vehículos, máquinas herramientas y equipamiento tecnológico.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquella actividad bancaria imprescindible para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Ya en el lugar de trabajo: cómo proceder
El empleado podrá seguir acudiendo a su lugar de trabajo, pero cumpliendo las siguientes indicaciones:
- Deberá monitorear sus síntomas diarios, y comunicar de inmediato algún cambio.
- No compartir lugares de descanso ni comidas en la institución por 10 días (desde la fecha de último contacto con el caso positivo).
- Cuidados estrictos (uso del barbijo N95 durante la jornada laboral y espacios ventilados)
- Deberá completar declaración jurada de síntomas diariamente al ingreso a la institución.
- El pase sanitario estará inhabilitado por un período de 10 días.
Fuente: El doce.tv