Luego de que la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, anunciara el fin del aislamiento para contactos estrechos vacunados y asintómaticos, el Gobierno de Córdoba confirmó solo será para trabajadores de diferentes actividades industriales, comerciales y de servicio, no para actividades sociales.

Esta flexibilización aplica en los siguientes casos: deben tener esquema de vacunación completo (dos o tres dosis) con un intérvalo de 14 días de la última aplicación y no presentar síntomas. Además, deben presentar dos test negativos: uno al momento de identificación del contacto y otro al cuarto día del contacto con el caso positivo.

A quiénes alcanza

  • ersonal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provincial y municipal, así como trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal, convocados para garantizar actividades estratégicas requeridas por las respectivas autoridades.
  • Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • Personal diplomático y consular acreditado ante el gobierno argentino.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Supermercados mayoristas, minoristas y comercios minoristas de productos esenciales. (farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas, provisión de equipamiento tecnológico, repuestos para vehículos, máquinas y herramientas).
  • Industrias manufactureras y su cadena productiva, servicios logísticos y de distribución.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.), atención de emergencias y expendio de combustibles.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, combustibles y GLP.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería y de reparación de vehículos, máquinas herramientas y equipamiento tecnológico.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquella actividad bancaria imprescindible para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Ya en el lugar de trabajo: cómo proceder

El empleado podrá seguir acudiendo a su lugar de trabajo, pero cumpliendo las siguientes indicaciones:

  • Deberá monitorear sus síntomas diarios, y comunicar de inmediato algún cambio.
  • No compartir lugares de descanso ni comidas en la institución por 10 días (desde la fecha de último contacto con el caso positivo).
  • Cuidados estrictos (uso del barbijo N95 durante la jornada laboral y espacios ventilados)
  • Deberá completar declaración jurada de síntomas diariamente al ingreso a la institución.
  • El pase sanitario estará inhabilitado por un período de 10 días.

Fuente: El doce.tv