En consonancia con la decisión que han tomado otras localidades del Valle de Punilla, la Municipalidad de Villa Carlos Paz envió un proyecto de ordenanza al Concejo de Representantes que busca prohibir la utilización y venta de caños de escapes liberados que ocasionen contaminación ambiental y sonora; y prevé multas y secuestros de los rodados que no cumplan. Se trata de un proyecto similar al presentado por la concejal Natalia Lenci en diciembre de 2020; pero cuyo tratamiento no prosperó.

Al argumentar que “la contaminación sonora significa un daño al medioambiente que genera un impacto imprevisto e intangible”, que “produce daños en la salud de los vecinos, entre los que se encuentran estrés, hipertensión, dolores de cabeza, trastornos digestivos, entre otros”, el Ejecutivo Municipal resolvió elevar el proyecto al Cuerpo Legislativo.

Además, reconoce que corresponde a una “problemática que está siendo resuelta en diferentes puntos de nuestro país con medidas similares a las que se buscan aplicar a nuestra ciudad”.

Ante esto, propone “prohibir causar, producir o estimular ruidos innecesarios o excesivos que, propagándose por vía aérea, afecten o sean capaces de afectar la tranquilidad y la salud pública”.

También, prevé modificaciones en normas anteriores y, en adelante, faculta a los inspectores para que, al constatar el hecho “con o sin equipo de medición sonora”, pueda secuestrar el rodado y trasladarlo al depósito municipal.

Sin embargo, habilita a que el Juez de Faltas analice las circunstancias de la infracción y , de esta manera, pueda eximir del pago de la multa o reducir su monto al infractor que dentro de los 6 días de notificado acredite la tenencia o la  compra del equipo silenciador que garantice la no emisión de ruidos molestos.

Multas

Proponen que la falta de silenciador, la alteración de los mismos en violación a las normas reglamentarias establecidas será sancionado con una multa de cincuenta (50) veces el valor del litro de nafta súper (YPF) a noventa (90) veces el valor del litro de nafta súper, que rija en esos momentos.

Además, plantean que las multas sean endurecidas cuando se presentes casos de reincidencias. En este caso, no sólo se abulta la sanción económica, sino que además implica la suspensión de la Licencia de Conducir por entre 15 y 30 días, según la gravedad del caso.

El proyecto también establece sanciones a los comercios que, estando prohibido, sigan vendiendo este tipo de productos que no son homologados.

Proyecto completo:

Pto. Nº246-2020-21 DEM P.O. Ruidos Molestos (Modif. Ord. Nº965 y Nº1066)

Proyecto similar

Cabe recordar que, en diciembre del 2020 la concejal por el Frente Capaz, Natalia Lenci, había presentado un proyecto de similares características, aunque no fue tratado por el Cuerpo Legislativo.

El mismo también buscaba que, tanto Inspectoría Municipal como el Juzgado de Faltas pueda disponer el retiro y retención de los escapes libres o dispositivos colocados a tales fines, debiendo el titular del rodado para retirar el mismo, instalar un caño de escape reglamentario y homologado.

Además, regulaba la prohibición a los comercios para vender o colocar caños de escapes no reglamentarios ni homologados, siendo pasibles de sanciones.