La Cámara de Diputados convirtió en ley por 144 votos contra 6 y 31 abstenciones el proyecto que penaliza a empresas por delitos contra la administración pública con sanciones que van desde multas hasta la suspensión de la actividad y de la participación en licitaciones de Estado.
Con la sanción de la ley, Argentina cumple con el requisito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), que pidió una norma que apuntar a la arista empresaria de la corrupción, ya que el Código Penal contempla penas solo para personas físicas, con que una compañía involucrada en ilícto de esta índole podía seguir operando sin ninguna consecuencia.
La sanción se logró luego de que los diputados aceptaran los cambios introducidos por el Senado al proyecto de ley de Responsabilidad Penal Empresaria al cosechar los votos favorables del interbloque Cambiemos, del bloque Justicialista, y del Frente Renovador.
El Frente para la Victoria que había votado en contra cuando se aprobó el proyecto en Diputados, ahora decidió abstenerse aunque la mayoría de los kirchneristas prefirieron retirarse del recinto de sesiones, mientras que la izquierda votó en contra de esta iniciativa.
Mora de 16 años
El debate fue abierto por la presidenta de la comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos, quien destacó que la Argentina tenía una “mora de 16 años en aprobar un régimen penal contra las empresas que cometen delitos de corrupción” y recordó que nuestro país “se había comprometido a regular la persecución de los delitos cometidos por personas jurídicas”.
En tanto, el titular de la comisión Legislación General, Daniel Lipovetzky, reivindicó la sanción de esta ley porque “es un paso esencial en materia de lucha contra la corrupción” y reclamó al Senado la aprobación de la ley de extinción de dominio para “recuperar lo que se robaron”.
El proyecto establece penas que van desde multas hasta la suspensión de la actividad por un plazo máximo de diez años y de participar en las licitaciones convocadas con el Estado Nacional a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.
Uno de los puntos centrales que reformó el Senado está referido al plazo para avanzar en un juicio por corrupción, establecido en seis años, con lo que eliminó el artículo que establecía la imprescriptibilidad de estos delitos, equiparándolos con los de lesa humanidad, además de limitar las causales por los cuales podían ser investigados funcionarios y empresarios.
Así, se estableció que se podrá realizar una investigación por los delitos de cohecho; tráfico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.