Mientras tanto, continúan las posiciones intransigentes y opuestas alrededor del tema. Sin embargo, muchos, por suerte, han avanzado en fundamentos para tratar de que este proyecto sea ley.
Amerita ir hacia adelante en un año pandémico marcado por el dolor de las pérdidas, la angustia e incertidumbre vivenciados tanto en la esfera privada como la pública de la vida de las personas. El Covid nos limitó sobremanera (a quienes gozábamos de ciertos privilegios dentro del sistema, ya que para muchos otros fue un factor de vulnerabilidad más) y, sin dudas, la aprobación de la ley será un avance en materia de derechos individuales, fundamentalmente.
Si bien el aborto genera un problema de la salud pública debido a que según las estadísticas miles de mujeres mueren al año por abortos clandestinos y a que la existencia de esta práctica da lugar (ayer, hoy y siempre) a todo un sistema paralelo, oculto y peligroso donde muchos hacen su negocio con mujeres y cuerpos gestantes en condiciones de vulnerabilidad, es un tema que tiene que ver con los derechos y libertades individuales de cada persona que debe poder elegir sobre su propio cuerpo. Esto, con sus salvedades y restricciones, claro está.
Pero mientras sigamos poniendo como foco del debate fundamentos para un lado o para el otro como: el aborto como problema de salud pública (para quienes están a favor del aborto) o el embrión o feto y su derecho fundamental a la vida (para quienes están en contra), algo muy difícil de refutar u objetar desde el punto de vista ético, religioso, humano, no se podrá avanzar en la búsqueda de un consenso y de una ley. Pensar en derechos, es clave.
Algunas propuestas nuevas
En tal sentido, el nuevo proyecto de ley presentado recientemente modificó cuestiones importantes y propone, por ejemplo, que el aborto pueda realizarse hasta 14 semanas, dentro de los 10 días y con consentimiento informado.
Según el texto del proyecto, “las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen el derecho a decidir la interrupción del embarazo dentro de las 14 semanas de gestación.
La propuesta mantiene la posibilidad de decidir abortar luego de ese plazo cuando el embarazo sea resultado de una violación o si corre peligro la vida o la salud integral de la persona gestante”.
También prevé que se les garantice la atención correspondiente en el sistema de salud público y privado a quienes desean abortar. “La interrupción del embarazo debe realizarse dentro de los diez días corridos desde que es requerida. Y la atención post-aborto debe brindarse”, dice el texto, aún si la “decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados de conformidad con la presente ley”.
Sin autorización judicial alguna
Asimismo, la ley requiere el consentimiento informado por escrito de la persona gestante antes de que se realice el aborto y explícitamente señala que no es necesaria autorización judicial alguna. Los menores de edad deben hacerlo con asistencia de progenitor o representante legal.
No obstante, el proyecto también señala la penalización más allá de las 14 semanas, con excepciones. Estos son “casos de embarazo producto de una violación o si el embarazo pone en “riesgo la vida o la salud integral (físicas, psicológicas o de bienestar general) de la persona gestante”.
Además, contempla una pena de prisión de tres meses a un año para una persona gestante que aborte pasadas las 14 semanas de gestación sin que existan las excepciones mencionadas. Y una pena de prisión de tres meses a un año, e inhabilitación por el doble de tiempo de la condena, a cualquier funcionario, autoridad de establecimiento de salud, profesional o personal salud que “dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”. Aunque usando la “objeción de conciencia” propia, el profesional puede cederle la práctica a otro que sí esté dispuesto a hacerla sin dilatar tiempos. Esas objeciones nunca pueden ser institucionales.
Pero, además, junto a este proyecto de aborto, para las mujeres que sí desean ser madres, -que tienen la voluntad y vocación de hacerlo-, se presenta el ‘Programa de los Mil Días‘. Este implica cuidar a la madre y a sus hijos, una serie de medidas que ayudan en la gestación y crianza de hijos e hijas.
Educación sexual integral, siempre
El trato digno, la capacitación y educación sexual integral de las personas es clave en este tema.
Para finalizar, hay que destacar que el Estado no debiera seguir prohibiendo el derecho al aborto, -ya que tiene que ver con un derecho individual-, inclinando la balanza hacia quienes quieren salvar las dos vidas con todos los fundamentos morales, religiosos o filosóficos, ni tampoco legislar sin restricciones y miramientos en relación al tema, inclinando sin reparos la balanza hacia otro extremo.
La cuestión es consensuar y avanzar en materia de libertades individuales y derechos humanos. Es decir, se puede, por ejemplo, coincidir y defender el derecho a la vida que tiene un feto al ser concebido y al mismo tiempo, comprender, aceptar y apoyar a quien por distintos motivos decida interrumpir el embarazo antes de la semana 14, si así se estipula. Una cosa no quita la otra. Ojalá avancemos, pensemos, reflexionemos y tendamos a sentar las bases de una humanidad más evolucionada en todo sentido, bases para una sociedad más justa y equilibrada.
Proyecto Ley Aborto 2020 PDF by gabrielagranata
Fuentes: Boletín oficial/France 24.